Desahucios y reclamaciones de renta

Guía completa para propietarios y arrendadores

Introducción

El desahucio es un procedimiento legal mediante el cual un propietario puede recuperar su vivienda cuando un inquilino incumple sus obligaciones contractuales. La causa más común es el impago del alquiler, aunque también pueden darse otros motivos como la ocupación sin título legal o la finalización del contrato sin que el inquilino abandone el inmueble.

Para los propietarios, los impagos de alquiler pueden suponer una gran carga financiera y emocional, ya que no solo dejan de percibir ingresos por la vivienda, sino que también deben afrontar los costes y plazos de un proceso judicial. En este contexto, contar con el asesoramiento de un abogado especializado en desahucios y reclamaciones de renta es fundamental para agilizar los trámites y garantizar un resultado favorable.

En este artículo, explicaremos los diferentes tipos de desahucios, el procedimiento legal para desalojar a un inquilino y cómo reclamar rentas impagadas. También abordaremos las alternativas habitacionales para los inquilinos y responderemos a las preguntas más frecuentes sobre este tema.

Tipos de desahucios

Desahucio por impago de alquiler

El desahucio por impago de alquiler es el más común y ocurre cuando el inquilino deja de pagar la renta pactada en el contrato. Según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), el arrendador puede iniciar el procedimiento judicial si el inquilino no paga en el plazo acordado.

El propietario debe notificar al inquilino la deuda y, si no se regulariza, puede presentar una demanda de desahucio y reclamación de rentas ante el juzgado correspondiente.

Desahucio por precario

Este tipo de desahucio se produce cuando una persona ocupa un inmueble sin pagar ninguna renta ni tener un contrato que lo avale. Es el caso de familiares o conocidos a los que se les permitió vivir en la vivienda de manera gratuita y que luego se niegan a abandonarla.

Para recuperar la posesión del inmueble, el propietario debe interponer una demanda de desahucio por precario, demostrando que el ocupante no tiene ningún derecho sobre la vivienda.

Desahucio por fin de contrato

Cuando finaliza un contrato de alquiler y el inquilino no abandona la vivienda, el propietario puede iniciar un procedimiento de desahucio por expiración del plazo contractual. En este caso, es fundamental que el propietario haya comunicado correctamente la no renovación del contrato con la antelación establecida por la ley.

Procedimiento de desahucio por impago de alquiler

Requisitos legales para iniciar el proceso

Para iniciar un desahucio por impago, el propietario debe asegurarse de que:

  • Existe un contrato de arrendamiento firmado.
  • Hay una deuda de alquiler impagada.
  • Se ha requerido el pago al inquilino mediante burofax o comunicación fehaciente.

Pasos del procedimiento

  1. Requerimiento de pago al inquilino: Antes de interponer la demanda, el propietario debe enviar un requerimiento formal de pago al inquilino, otorgándole un plazo para saldar la deuda.
  2. Presentación de la demanda: Si el inquilino no paga, el propietario puede presentar una demanda de desahucio y reclamación de rentas impagadas en el juzgado.
  3. Juicio y sentencia: Si el inquilino no se opone a la demanda, el juez dictará sentencia ordenando el desalojo. Si se opone, se celebrará un juicio en el que ambas partes presentarán sus argumentos.
  4. Lanzamiento del inquilino: Si el inquilino no abandona la vivienda voluntariamente, se fijará una fecha para el lanzamiento judicial, en la que un funcionario judicial procederá al desalojo con apoyo policial si es necesario.

Reclamación de rentas impagadas

¿Se pueden reclamar rentas después de un desahucio?

Sí, el propietario puede reclamar las rentas impagadas incluso después de que el inquilino haya sido desalojado. Para ello, se puede interponer una demanda de reclamación de cantidad en el juzgado.

Procedimientos legales para recuperar el dinero

  • Juicio monitorio: Es un procedimiento rápido para reclamar deudas inferiores a 2.000 euros sin necesidad de abogado.
  • Juicio ordinario: Para cantidades mayores, es necesario un procedimiento judicial con abogado y procurador.
  • Ejecución de sentencia: Si el inquilino no paga tras la sentencia, se pueden embargar sus bienes o cuentas bancarias.

Opciones si el inquilino no tiene bienes

Si el inquilino es insolvente, recuperar la deuda puede ser difícil. En estos casos, se pueden explorar opciones como la inclusión en listas de morosos o la negociación de un pago fraccionado.

Alternativas habitacionales para el inquilino

Antes de llegar al desahucio, existen opciones que pueden ayudar a ambas partes:

  • Mediación y acuerdos extrajudiciales: Un acuerdo de pago entre el propietario y el inquilino puede evitar el procedimiento judicial.
  • Prórrogas en el pago del alquiler: Pactar un calendario de pagos con el inquilino puede ser una alternativa viable.
  • Ayudas al alquiler: Existen programas de asistencia para inquilinos en dificultades económicas.

Conclusión

El desahucio es un proceso legal que permite a los propietarios recuperar su vivienda en caso de impago o finalización del contrato. Sin embargo, es un procedimiento que puede tardar meses, por lo que es fundamental actuar con rapidez y contar con el asesoramiento de un abogado especializado.

Si eres propietario y necesitas iniciar un procedimiento de desahucio o reclamar rentas impagadas, un abogado experto puede ayudarte a agilizar el proceso y garantizar un resultado favorable.

Si tienes dudas o necesitas asesoramiento legal, contacta con nuestro despacho para recibir una evaluación personalizada de tu caso.

Preguntas frecuentes sobre desahucios y reclamaciones de renta

El tiempo estimado para un desahucio en España varía entre tres y seis meses si el inquilino no presenta oposición a la demanda. Sin embargo, si el inquilino se opone y hay juicio, el proceso puede extenderse hasta un año o más. Otros factores que pueden influir en la duración incluyen la carga de trabajo del juzgado, la posible concesión de prórrogas por parte del juez y la capacidad del inquilino para presentar recursos legales que retrasen la ejecución de la sentencia.

Si el inquilino no solo incumple con el pago del alquiler, sino que además deteriora el inmueble, el propietario puede incluir en la demanda de desahucio una reclamación por daños y perjuicios. Para ello, es fundamental disponer de pruebas, como fotografías, informes periciales o facturas de reparación. En algunos casos, se puede reclamar el importe a través de la fianza del alquiler, pero si esta no cubre los daños, será necesario presentar una demanda adicional para recuperar los costes de las reparaciones.

No, en España el propietario no puede desalojar a un inquilino por su cuenta sin seguir el procedimiento legal. Cualquier intento de desalojo por la fuerza, como cambiar la cerradura o cortar los suministros, se considera un delito de coacción y puede conllevar sanciones penales. Para recuperar la vivienda de manera legal, es necesario interponer una demanda de desahucio y esperar la resolución del juzgado. Solo en casos excepcionales, como cuando el inquilino abandona voluntariamente la vivienda, el propietario puede recuperar la posesión sin acudir a los tribunales.

Si el inquilino no tiene bienes ni ingresos que permitan el cobro de la deuda, la recuperación del dinero puede ser complicada. En estos casos, el propietario puede inscribir la deuda en un fichero de morosos como ASNEF o RAI, lo que puede dificultar al inquilino la obtención de créditos o alquileres futuros. También se puede solicitar la ejecución de la sentencia durante un período de cinco años, con la posibilidad de embargar bienes si la situación económica del inquilino mejora en el futuro. En última instancia, algunos propietarios optan por negociar un pago fraccionado o aceptar una dación en pago como alternativa.

Si el inquilino abandona la vivienda sin previo aviso y deja de pagar el alquiler, el propietario puede interponer una demanda por incumplimiento contractual y reclamar las rentas adeudadas hasta la fecha de finalización del contrato. En este caso, es recomendable documentar el estado en el que quedó el inmueble y asegurarse de que el inquilino no ha dejado bienes personales en la vivienda. También se recomienda comunicar la situación a la policía para evitar posibles responsabilidades legales en caso de futuras reclamaciones por parte del inquilino.

Sí, el propietario puede negarse a renovar el contrato de alquiler, pero debe hacerlo conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos. Si el contrato es de vivienda habitual y ha transcurrido el plazo mínimo legal de cinco años (siete si el arrendador es una empresa), el propietario puede optar por no renovar siempre que avise al inquilino con una antelación mínima de cuatro meses. En el caso de contratos de menor duración o de alquileres temporales, el propietario debe cumplir con las condiciones establecidas en el contrato y comunicar su decisión dentro del plazo estipulado.

Abogados en Salamanca - Rubén Bellido Abogado
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